Open INESEM

Investigación

Farmacia

Historia y evolución de la Farmacovigilancia

Francisco Javier Roldán de la Rosa

1. Introducción

Las reacciones adversas causadas por medicamentos (RAM, por sus iniciales) se definen como una reacción desagradable o dañina, resultante de una intervención medicamentosa, que predice el peligro de la administración futura y que justifica la alteración del régimen de dosificación o la retirada del producto. Se clasifican en seis tipos: relacionado con la dosis o no, relacionado con la dosis y con el tiempo, relacionado con el tiempo de uso, debido al abandono de la medicación o al terminar el tratamiento.(1) 

Las RAM son una causa de morbilidad y mortalidad significativa para los pacientes y un gran coste para los sistemas sanitarios públicos debido a las hospitalizaciones que se producen derivadas de éstas.(2)  

Según datos procedentes de varios meta-análisis de la Unión Europea (UE) y de Estados Unidos (EE.UU.), hay una prevalencia de efectos adversos causados por medicamentos en pacientes hospitalizados entre el 7-15%; para los casos de ingresos por esta misma causa entre el 3-5%; y los medicamentos que causan mortalidad entre 0,05-3.7%.(3) 

Los farmacéuticos, médicos, enfermeros, dentistas y demás profesionales sanitarios tienen la obligación de notificar las sospechas de reacción adversa de los medicamentos autorizados, incluso las de aquellos que se hayan utilizado en casos diferentes a los autorizados y las de medicamentos comercializados en otros países, pero que se haya autorizado su importación según el artículo 24.4 de la Ley 29/2006, de 26 de julio. 

Actualmente existen tres tipos de formularios para la notificación de RAM de manera organizada y estructurada (en referencia a los casos en los que el paciente no interviene):(4)  

Figura 1: Notificación de un RAM recibida inicialmente por la persona responsable o el distribuidor. (1)

 1

Figura 2: Notificación de un RAM recibida inicialmente por una autoridad nacional competente. (1)

 2

La Farmacoepidemiología (otra ciencia encargada de todo este procedimiento) también utiliza los métodos tradicionales de la epidemiología analítica, incluidos los estudios prospectivos (como la vigilancia de cohortes) o retrospectivos (casos y controles). Un estudio de casos y controles permite medir la asociación entre un fármaco y un efecto (deseable o no) no detectable durante los ensayos clínicos. Dado que los estudios de casos y controles incluyen casos para el análisis, permiten especialmente detectar eventos raros o de inicio tardío. Por el contrario, las cohortes son el método de elección para estudiar un evento farmacológico de alta frecuencia. También se utilizan otros métodos como el meta análisis, bases de datos, estudios de referencias cruzadas, casos y poblaciones…(5)

Entre las actividades de esta ciencia se encuentran: Análisis de informes de casos individuales para detectar nuevos efectos adversos, recopilación y gestión de datos sobre la seguridad de los medicamentos, gestión proactiva de riesgos relacionados con fármacos para minimizarlos y comunicación e información a los pacientes. (6)

El funcionamiento de la Farmacovigilancia en España depende fundamentalmente del SEFV-H, en cuyas funciones se encuentran las actividades que las administraciones sanitarias realizan de manera permanente y continuada para recoger, elaborar y procesar la información sobre sospechas de RAM de uso humano. 

 Su finalidad es la de identificar cambios de riesgos ya conocidos o riesgos previamente no conocidos, así como para la realización de cuantos estudios se consideren necesarios para cuantificar y/o confirmar dichos riesgos.  

Los agentes implicados durante todo el proceso son: La AEMPS, el Comité Técnico del Sistema Español de Farmacovigilancia de medicamentos de uso humano, las Comunidades Autónomas (CCAA) con sus correspondientes Centros Autonómicos de Farmacovigilancia (en este caso 17), los profesionales sanitarios y los ciudadanos. (7) 

2. Desarrollo del proyecto

En este apartado voy a ser breve y conciso, empezando por un breve esquema de la historia de la Farmacovigilancia que realicé a raíz del trabajo de investigación que llevé a cabo. No recaba todos los detalles, pero sí se ciñe a los puntos más significativos:

Figura 3. Evaluación de la farmacovigilancia

3

Fuente: Elaboración propia

La Farmacoepidemiología surgió a raíz de la emergencia que suponía la salida al mercado de medicamentos que tomaban cada vez un mayor número de pacientes, y se hizo posible gracias a las bases de datos electrónicas que se comenzaron a desarrollar en los centros sanitarios tales como clínicas de salud u hospitales.  

Ésta es necesaria para el conocimiento de los efectos que tienen los nuevos productos medicamentosos que salen al mercado en la vida real. Para ello se llevan a cabo estudios de casos-controles o de cohortes mediante bases de datos tales como Saskatchewan en Canadá, CPRD en Reino Unido, u organizaciones de mantenimiento de la salud para acceder a fuentes que permitan obtener datos del uso de medicamentos como Kaiser- Permanente en los EE.UU. (8)

Vamos a seguir mostrando mediante imágenes ejemplos de estudios que se llevaron a cabo de este estilo. En este caso en México, en la tabla inferior se muestran las observaciones que tuvieron que hacer los terapeutas durante el estudio una vez se notificaron los efectos negativos que causaban algunos fármacos durante un tratamiento específico: 

Tabla 1.Modificaciones farmacéuticas de médicos a pacientes que notificaron la aparición de alguna RAM.(2)

l4

Se ha demostrado que, a pesar de la alta responsabilidad por parte de los profesionales sanitarios, tanto médicos como farmacéuticos, es muy importante concienciar a los pacientes de los efectos de informar sobre la aparición de estas RAM mediante la Tarjeta Amarilla u otros métodos. En cada país tienen sus medidas a la hora de hacer llegar la información necesaria sobre estos sistemas a los ciudadanos de a pie. 

Un estudio muy interesante que compara este tipo de métodos empleados en España, Brasil, la Unión Europea (UE) y los EE.UU., muestra una tabla muy representativa donde muestra el rango territorial, la localización, la forma jurídica organizativa, entre otros, de las distintas organizaciones que se encargan de este procedimiento en cada país: ANVISA en Brasil, la AEMPS en España, la EMA en Europa y la FDA en EE.UU., que se encuentra en la página siguiente. (9)

Este estudio se centró en el modelo de análisis y revisión de la Organización Panamericana de Salud (PAHO por sus siglas en inglés) debido a que era la que reunía el mayor número de requisitos necesarios para su investigación, y a que era el más representativo para el estudio de las medidas de Farmacovigilancia que hay en Brasil, en comparación a las otras tres regiones mencionadas anteriormente. Definitivamente, emplearon el 100% de los indicadores de esta organización, adicionando 18 de la OMS y 26 de las Ciencias para la Gestión de la Salud (MSH por sus siglas en inglés). Se realizó una traducción manual de esta tabla, que la dejo justo debajo de este párrafo:

 Tabla 2. Métodos empleados

5

Fuente: Elaboración propia

En cuanto a la normativa de la Farmacovigilancia, voy a centrarme en este caso de España, y es que la Orden de 25 de junio de 1985 fue la primera legislación que se redactó, y en ella se regulan los Órganos encargados en este país. Después de una introducción que explica la importancia de esta actividad y menciona a los representantes que deben liderar este proyecto, consta de un total de 5 artículos. En éstos se establece la Comisión Nacional de Farmacovigilancia, detallando sus cuatro principales funciones, las personas que componen a la misma, la importancia de una comisión (componentes y tareas de ésta) y un último artículo relativo a las dietas de los colaboradores. (10)

Existe un documento de BPFV (Buenas Prácticas de Farmacovigilancia) del SEFV-H que se aprobó y publicó en el año 2000, el cual fue sometido a una actualización el 15 de diciembre de 2016. En éste se explica, entre otros datos importantes, el funcionamiento del sistema de FV español, como por ejemplo que la función de coordinación del SEFV-H por parte de la AEMPS se ejerce a través de la División de Farmacoepidemiología y Farmacovigilancia, del Departamento de Medicamentos de Uso Humano. (11)

El punto 5 habla de la gestión de las sospechas de reacción adversa (SRA). Los puntos 8 y 9 tratan los Informes Periódicos de Seguridad (IPS) y los Planes de Gestión de Riesgos (PGR) respectivamente. (12) Por último, mencionar la implantación del programa conSIGUE, el cual fue elaborado por los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Cáceres, Cantabria, León, Murcia, Toledo y Zaragoza, además de contar con la ayuda de la Universidad de Granada. (13) 

Figura 4. Resultados

5

Fuente: Elaboración propia

3. Conclusiones

Queda demostrado que con las primeras fases de desarrollo de un fármaco no es suficiente para conocer todos los efectos secundarios que éste puede producir en la población, ya sea por tiempo de administración, por interacción con otros medicamentos o por los factores genéticos y fisiológicos de los pacientes. 

Sin embargo, esta fase de estudio de los fármacos que salen al mercado es muy compleja, puesto que en numerosas ocasiones los efectos adversos desconocidos que se manifiestan no son notificados, pasan desapercibidos, o los profesionales o los pacientes no tienen la información necesaria para poder comunicar estos casos.  

Por lo tanto, es necesario que se aumente la financiación de esta fase de investigación y se aumente la formación tanto a instituciones como a médicos, enfermeros y farmacéuticos en este campo (especial hincapié en este punto, obligando a los profesionales sanitarios a comentar la posibilidad de esto a toda la población sin excepciones), de forma que se aumente el conocimiento acerca de la posibilidad de que aparezcan efectos nocivos desconocidos debidos a la medicación y se le dé la importancia necesaria para evitar el menor número de inconvenientes para la salud en los pacientes que los sufren y de cara al futuro en otras personas que tengan que someterse a esa misma terapia. 

Además, debería realizarse un protocolo en común para todo el mundo, de manera que todas las personas que necesiten notificar acerca de algún efecto adverso desconocido tengan fácil acceso a los documentos necesarios para esto, y que exista una base de datos que se comparta a nivel global para que toda la información relativa a estos problemas sea conocida por todas las autoridades sanitarias nacionales e internacionales. De este modo, se conseguiría unificar el procedimiento de FV para simplificar el intercambio de datos entre los distintos países y para que no existan diferencias de actuación entre unos continentes y otros. 

Referencias

  1. Edwards R, K Aronson J. Adverse drug reactions: definitions, diagnosis, and management. The Lancet. 2000;356(9237):1255–1259.  
  2. Patton K, Borshoff DC. Adverse drug reactions. Association of Anaesthetists. 2018;73(S1):76–84.  
  3. Puche Cañas E, Luna del Castillo JD. Reacciones adversas a medicamentos en pacientes que acudieron a un hospital general: un metaanálisis de resultados. An. Med. Interna (Madrid) vol.24 no.12 dic. 2007.  
  4. Directrices para la comunicación de efectos graves no deseados. AEMPS. Ref. Ares (2015) 4460770 – 21/10/2015. 
  5. Jean-Louis Montastruc, Justine Benevent, François Montastruc, Haleh Bagheri, Fabien Despas, et al. What is pharmacoepidemiology? Definition, methods, interest and clinical applications. Thérapie. 2019; 74:169–174.  
  6. Fornasier G, Francescon S, Leone R, Baldo P. An historical overview over Pharmacovigilance. International Journal of Clinical. 2018;40(4):744–747. 
  7. Buenas Prácticas de Farmacovigilancia (BPFV) del sistema español de Farmacovigilancia de medicamentos de uso humano. Comité Técnico del Sistema Español de Farmacovigilancia- H (CTSEFV-H), 15 diciembre 2016.  
  8. Moore N, Blin P, Droz C. Pharmacoepidemiology. Bordeaux: Martin C. Michel; 2019.  
  9. Leal MM, Sanz MM, Ferrando JRC, Martinez-Martinez F. A comparative analysis of the pharmacovigilance systems of Brazil, Spain, the European Union and the United States based on the information provided by their regulatory agency websites. Daru. 2019 jun;27(1):379- 387.  
  10. Orden de 25 de junio de 1985 por la que se regulan los órganos encargados de la farmacovigilancia. BOE nº165: Lluch Martin; 1985.  
  11. Buenas Prácticas del Sistema Español de Farmacovigilancia de Medicamentos de Uso Humano. https://www.aemps.gob.es: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios; 2018.  
  12. Buenas Prácticas de Farmacovigilancia para la Industria Farmacéutica. https://www.aemps.gob.es: Comité Técnico de Inspección; 2011.  
  13. Programa conSIGUE. https://www.farmaceuticos.com/: Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos; 2012.

Imágenes y Figuras

  1. Directrices para la comunicación de efectos graves no deseados. AEMPS. Ref. Ares (2015)4460770 – 21/10/2015. 
  2. Carrillo-Alarcón Lourdes Cristina, Ponce Monter Héctor A, López López Erika, Velázquez Alvarado Patricia, Ortiz Mario I. Empleo de la Tarjeta Amarilla y el Formato NOM220 para las notificaciones de sospechas de reacciones adversas a medicamentos. Revista Cubana de Farmacia. 2014;48(1):96–107. 
  3. Programa conSIGUE. https://www.farmaceuticos.com/: Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos; 2012.  

Explora nuestras Áreas Formativas

Construye tu carrera profesional

Descubre nuestro amplio Catálogo Formativo, incluye programas de Cursos Superior, Expertos, Master Profesionales y Master Universitarios en las diferentes Áreas Formativas para impulsar tu carrera profesional.