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Diccionario Empresarial

Pool bancario

El “pool bancario” es un informe que recoge todas las operaciones de financiación, como préstamos, créditos, avales, entre otros, que hemos realizado y mantenemos con las entidades financieras mientras operamos como personas jurídicas, en un momento específico.

El término “pool” del inglés se utiliza en este contexto para denotar la acción de “reunir” o “juntar”, en dicho documento, a todas aquellas entidades que han ofrecido financiación, en cualquiera de sus formas, a una persona jurídica en momento dado. Esto permite conocer en detalle el nombre de la entidad financiera, los plazos de vencimiento de los productos financieros contratados, garantías y los límites concedidos para cada uno de ellos.

Con este informe o “pool bancario” se conocen todos los riesgos derivados de los productos u operaciones financieras que se tienen contratados, refleja a detalle el endeudamiento y especifica todas las fuentes de financiación con las que se ha contado en un periodo determinado (no solo entidades de crédito tradicionales). Es el documento oficial que permite analizar la solvencia y capacidad de endeudamiento de la persona jurídica en cuestión y, por tanto, el riesgo que supone la concesión de financiación para una entidad proveedora de financiación.

El “pool bancario” resulta de gran utilidad, ya que refleja una imagen clara de la deuda financiera global de una empresa. A nivel externo, no solo es útil para presentar nuestro negocio a entidades financieras, sino también a posibles inversores, proveedores y entidades gubernamentales con las que nos relacionamos. Normalmente, se elabora a nivel interno, ya que esta información nos permite tomar decisiones estratégicas más acertadas para mantener la correcta estructura de capital de nuestra empresa.

La información que ofrece el “pool bancario” es similar a la que se puede encontrar en la central de información de riesgos del banco de España (CIRBE). La CIRBE ofrece la información tanto de personas físicas como jurídicas, este informe de riesgos se puede solicitar al banco de España, mientras que el “pool bancario” lo elaboran las empresas con ayuda de su información contable. El pool bancario y la CIRBE suelen coincidir, pero es posible que no lo hagan ya que las entidades financieras no tienen obligación de declarar créditos por debajo de los 6.000€, esto significa que pueden tener riesgos por debajo de dicho importe sin estar declarados. En este sentido el “pool bancario” se vuelve relevante y completa la información que presenta la CIRBE, ofreciendo una perspectiva más completa, por eso las entidades financieras suelen solicitarlo junto con la CIRBE a las empresas que solicitan financiación. De esta forma, junto con otros documentos que arrojan información contable o fiscal, como el balance de situación, cuenta de resultados, impuesto de sociedades, IVA, entre otros, la entidad financiera puede evaluar si pueden o no conceder crédito y en qué condiciones.

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